Condiciones Generales de Compra:
1.- OBJETO DEL CONTRATO: El presente documento pretende establecer las cláusulas de compraventa del pedido entre el PROVEEDOR y ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A. a la firma del mismo, las cláusulas serán de obligada aceptación y cumplimiento por parte de ambos.
2.- ACEPTACIÓN DEL PEDIDO: El pedido quedará formalizado automáticamente con la notificación por cualquier medio por parte del comprador de Entrerrios Servicios Generales, salvo renuncia expresa y por escrito en las 24 horas siguientes a las recepción del mismo.
3.- PRECIOS Y PAGOS EXTRAORDINARIOS: En general, los precios se entenderán para mercancía recogida en las instalaciones del PROVEEDOR inclusive embalajes y eventual almacenaje. Siempre que no se indique otra cosa, los precios incluidos en el pedid serán firmes e inmodificables. No se admitirán aumentos de precios sobre los indicados en el pedido, a no ser que estén autorizados por escrito mediante la revisión del pedido correspondiente. No se admitirán pagos extraordinarios que no estén indicados expresamente en el pedido. Los precios señalados en este pedido serán mantenidos hasta la total terminación de la obra para la que fueron pedidos, aun cuando en ese periodo de tiempo se produjera elevación de los mismos o variaciones en las cantidades pedidas.
4.- PLAZO Y CONDICIONES DE ENTREGA: Las entregas de materiales se realizarán en el plazo o plazos establecidos en este pedido. Si el proveedor incumpliese el plazo total o los parciales y el retraso no sea atribuible a causa de fuerza mayor (definida e el artículo 1.105 del Código Civil), se le trasladaran todos aquellos gastos derivados de dicho incumplimiento (equipos de montaje, penalizaciones, etc….). Para la aplicación de dicha sanción, será necesario el acuerdo mutuo y una vez ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A. demuestre que le ha sido aplicada una penalización por parte del cliente final por culpa del proveedor. La recepción de la mercancía no supone conformidad. El proveedor autoriza a ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A. para que por iniciativa propia, o del cliente final, se someta a ensayo o control la mercancía, caso de ser necesario. Aceptando el resultado emitido por el laboratorio o perito que efectúe el ensayo o contraste las calidades. Si como consecuencia de la citada evaluación, no superase la calificación necesaria, será motivo de rescisión de contrato. En consecuencia, queda entendido que el Proveedor se subroga en todas las penalizaciones, indemnizaciones o responsabilidades, directas e indirectas que se pudieran exigir a ENTRERRIOS SERVICIOS GENEREALES S.A. como derivación de una falta de aceptación de los suministros de que se trata. Por su parte, ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A. no acepta más obligación que el pago a los precios indicados en este pedido, de las unidades debidamente recepcionadas por el personal autorizado para ello y al que el suministrador debe saber identificar en todo caso. En ningún caso, ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A. aceptará responsabilidad subsidiaria alguna relacionada con este suministro, salvo que venga impuesta por sentencia judicial firme. ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A. indicará en cada pedido o contrato las condiciones de entrega.
5.- CALIDADES: Todos los elementos objeto de este pedido se ajustarán, como mínimo, a las calidades indicadas en la Normativa vigente. El Proveedor se compromete a entregar, junto con este contrato o en su defecto, certificados de calidad, homologaciones y cualquier otro documento que sea necesario para acreditar la idoneidad de los materiales y/o la buena ejecución de los trabajos realizados. En caso de que se requieran ensayos por discrepancias en la calidad de los materiales contratados, los gastos que éstos comporten serán por cuenta del proveedor, descontándose los importes a que hubiere lugar, del primer pago pendiente de realizar, pudiendo llegar a suspenderse el pago de todas las cantidades facturadas hasta ese momento, en tanto en cuanto no se subsanen los fallos detectados, y presentar reclamación por los perjuicios que le fueran ocasionados siempre que los datos de dichos ensayos confirmaran total o parcialmente la falta de dicha calidad.
6.- FACTURACIÓN: La factura deberá ser presentada en nuestro domicilio social en Polígono Industrial Entrerrios nº 8 Bloque 2ª naves 6-7 de Figueruelas, Zaragoza, en un único ejemplar antes del día 5 del mes siguiente. Las facturas que lleguen posteriormente a esa fecha, serán tramitadas como suministro del mes siguiente y por tanto sus vencimientos serán aplazados en consecuencia. En todas las facturas deberán constar obligatoriamente el número de pedido y referencia de la obra a la que corresponden y se deberán acompañar de copia del albarán o referencias del acta de recepción. Sin estos datos las facturas se devolverán al proveedor para su rectificación.
7.- CONDICIONES DE PAGO: La forma de pago será según acordado. Se procederá a efectuar el pago, cuando se haya validado la factura por parte del comprador y se haya recibido la documentación de calidad solicitada.
Ni el pago del importe a que ascienda cada pedido, ni en su caso la aceptación o entrega con dicha finalidad de pagarés, letras de cambio y otros documentos mercantiles, supondrá la conformidad ni expresa ni tácita con parte del suministro o servicio realizado, cuya aprobación y recepción queda diferida hasta que transcurrido el período de prueba se practique la Recepción Definitiva del mismo.
8.- GARANTÍAS: El proveedor garantiza a ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A. que su material (materias primas, componentes o artículos de cualquier naturaleza suministrados bajo este pedido): Está libre de defectos de fabricación o manipulación. Está conforme a las especificaciones, planos, muestras u otras descripciones establecidas que le sean aplicables. Es nuevo y su calidad es la acordada. En todo caso, garantiza a favor de ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A. que el artículo de su diseño está libre de defectos de concepción, materiales y ejecución por el periodo establecido por la legislación vigente, o en su defecto 2 años como plazo mínimo de garantía. En caso de que el proveedor incumpliese su obligación de corregir o sustituir las piezas o materiales defectuosos, ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A. podrá corregir o sustituir tales materiales y cargar al proveedor los gastos consiguientes. La aprobación en inspección previa no eximirá al proveedor de sus obligaciones por estas garantías.
9.- INSPECCIÓN: ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A. y sus representantes autorizados, podrán inspeccionar el material antes de su expedición, en los talleres del proveedor, debiendo éste poner a su disposición cuanto sea necesario para ello. La inspección y aceptación del material no eximirán al proveedor de sus garantías y responsabilidades de suministrar el material en estricto acuerdo con las especificaciones. ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A. podrá prescindir de la inspección en fábrica, sin que ello signifique renuncia de su derecho a inspeccionar el material en destino. Discrecionalmente ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A. podrá proceder a las reparaciones necesarias y pasará el correspondiente cargo al proveedor. El proveedor comunicará a ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A., al menos con 3 días de antelación, la fecha prevista para inspección o prueba de materiales.
10.- REQUISITOS LEGALES: El proveedor deberá ajustarse a todas las leyes y disposiciones aplicables, tanto al pedido desde su formalización, como al material que constituye su objeto.
11.- CANCELACIÓN: ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A. podrá cancelar el pedido, total o parcialmente y en cualquier momento, mediante comunicación escrita al proveedor. Al recibo de esta comunicación, el proveedor deberá confirmar dicha cancelación a ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A., y detendrá todo trabajo relacionado con el pedido. El pago del trabajo realizado o en curso de terminación en el momento en que se reciba el aviso de cancelación, se negociará entre el proveedor y ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A. con arreglo a equidad. ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A. podrá cancelar total o parcialmente el pedido, haciendo uso de las facultades que le confiere esta cláusula, sin incurrir en ningún gasto, y con sólo comunicárselo al proveedor por correo certificado, en cualquiera de los casos siguientes: 1) Incumplimiento atribuible al proveedor de algunas cláusulas fundamentales del pedido. 2) Cuando se extinga la personalidad jurídica del proveedor o incurra en situación concursal o de insolvencia. 3) Cuando a juicio de ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A., los retrasos en las distintas fases de cumplimentación del pedido, tales como proceso de diseño, acopio de materiales, proceso de fabricación o montaje, etc., puedan comprometer los plazos de entrega convenidos. En todos los casos de cancelación del pedido, todos los materiales, planos, documentación, etc., que el comprador haya abonado ya a ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A., pasarán a ser propiedad de ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A., debiéndosele entregar inmediatamente.
12.- EMBALAJE, IDENTIFICACIÓN Y ENVÍO: Todos los materiales serán embalados por el proveedor en forma que permita su manipulación, transporte y almacenamiento con garantía. Se aplicará una protección conveniente y adecuada del contenido con materiales resistentes a los agentes atmosféricos, utilizando materiales preventivos contra la corrosión donde sea necesario, y protección contra el maltrato. Todos los materiales serán identificados de forma perfectamente legible, indicando en el paquete o conjunto, en la parte visible, la razón social de ENTRERRIOS SERVICIOS GENERALES S.A. y número de pedido. Tos artículos deberán ir identificados correcta y legiblemente con el código que permita su trazabilidad con el pedido (número de plano, código identificativo, etc…).
13.- CUMPLIMENTACIÓN DEL PEDIDO: El pedido no se considerará cumplimentado hasta que no se haya entregado, no sólo todo el material y equipo, sino también los planos, protocolos de ensayo, listas de piezas, manuales de utilización, libros de instrucciones, listas de piezas de recambio recomendadas con sus precios y cuantos documentos y obligaciones se hayan solicitado con el pedido.
14.- JURISDICCIÓN: Para resolver cualquier diferencia derivada del presente pedido, ambas partes se someten al fuero y Tribunales del Comprador.